Un fallo poco común se dio en San Antonio Oeste respecto a un caso de violencia de género

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Un fallo, no muy frecuente, fue efectuado por Dra. Vanessa Kozaczuk, Jueza de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9 con asiento en San Antonio Oeste.


La causa que se inició con violencia de género, la mujer denunciante no solo había conseguido que el hombre sea erradicado de la localidad y no pueda regresar al ejido sanantoniense, sino que ahora obtuvo la “Privación de Responsabilidad Parental”.

La sentencia de la titular de la dependencia judicial local, resolvió hacer lugar a la demanda interpuesta por la denunciante en representación de su hija y disponer la privación de la responsabilidad parental según publicó el Boletín Oficial.

De acuerdo con lo que establece el art. 700 del Código Civil y Comercial, los progenitores pueden ser privados de la responsabilidad parental por cuatro motivos, por haber cometido un delito doloso contra la persona o los bienes del hijo, por el hecho de haberlo abandonado, por poner en peligro la seguridad o la salud física o psíquica del menor, o por haberse declarado al hijo en situación de adoptabilidad.

La causa la llevaba adelante la Defensora de Pobres y Ausentes Dra. Gabriela K. Yaltone.

Recordemos que este sujeto, un empleado policial, la justicia le prohibió el ingreso al ejido municipal, hasta que acredite fehacientemente haber realizado el tratamiento psicológico.

La decisión está fundada en el temor de la víctima -ex pareja- y los niños hijos de ambos por situaciones de violencia previa.

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