Así lo definió el legislador por JSRN Adrián Casadei quien fue el miembro infórmate del bloque oficialista en la última sesión “esta ley viene a mejorar sustancialmente el sistema que estaba establecido. Es una ley superadora de la actual”.
Casadei enumeró las ventajas de la reforma a la ley de riesgos del trabajo y destacó como una de las grandes modificaciones el patrocinio letrado: “a partir de ahora, el trabajador va a poder concurrir con su abogado y los honorarios tendrán que ser abonados por las ART”.
Agregó que “es un avance muy positivo que a los 60 días” el trabajador pueda tener un dictamen sobre las consecuencias del accidente sufrido, con la consecuente indemnización prevista efectivizada en tiempo y forma.
En este punto, el legislador remarcó la celeridad en el cobro de la indemnización pautada para el trabajador, la cual se depositará directamente en su cuenta sueldo. Además, la ley “mejora el cálculo base” de aquella.
Señaló asimismo que “cuando haya adhesión a la ley tanto la provincia de Río Negro y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo deben celebrar convenios de colaboración y coordinación a los fines de que las comisiones médicas jurisdiccionales actúen en el ámbito de la provincia rionegrina como instancia prejurisdiccional” agregó además que estos convenios determinan las condiciones y modalidades de funcionamiento de las cuatro comisiones médicas que están en funcionamiento en la provincia, las que deben ajustar su actuación sobre la base de una adecuada cobertura geográfica; celeridad, sencillez y gratuidad en el procedimiento; calidad de atención y en la objetividad y profesionalidad en los dictámenes médicos, entre otras variables.
La adhesión a la ley se hará efectiva a partir de la vigencia de los acuerdos mencionados entre la provincia y la nación, que permitirán que cada circunscripción judicial de la provincia rionegrina cuente con la comisión médica correspondiente.
Además de la intervención de las Comisiones Médicas, la Ley Nº 27.348 dispone la creación del Servicio de Homologación en el ámbito de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y prevé la igualdad de los derechos de los ciudadanos a partir de la incorporación al sistema de riesgos del trabajo de aquellos empleados públicos provinciales, municipales y comunales que actualmente se encuentran fuera del sistema y sin cobertura.
Para lograr ese cometido se dispone la creación del Autoseguro Público Provincial, de modo de facilitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, una alternativa eficaz a los institutos de protección de los riesgos del trabajo que hoy ofrece el sistema de la Ley N° 24.557 y sus modificaciones.