Diversas consideraciones de prestadores de Las Grutas: presentaron una nota por el cobro de la ECOTASA

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Lo realizó el Consejo Asesor del Emprotur el día de ayer “en nuestro rol de asesor no vinculante del Concejo Deliberante y del Poder Ejecutivo en temas referidos al turismo, los abajo firmantes nuevamente nos dirigimos a Usted continuando nuestra nota de fecha 23 de diciembre referida a la Ordenanza de la ECOTASA” señala el inicio de la nota que fue presentada al Ejecutivo Municipal como al Legislativo comunal.

“Al respecto, ratificamos los conceptos vertidos en nuestra anterior nota tanto a lo referido a lo inconsulta de la medida como al momento inconveniente en que fue sancionada. Cabe agregar, además, algunas consideraciones con respecto a la Ecotasa que o bien no se han tenido en cuenta o no están a nuestro entender en línea con el servicio que pretendemos TODOS darle al turista que nos visita” expresa la misiva.

1ra Cuestión: La tabla de valores diferenciales explicitados en el ANEXO II de la Ordenanza no debería aplicarse dado que estamos ante una clara situación de discriminación al mismo tiempo que se está legislando sobre situaciones ilegales. Consideramos que siendo el fundamento de la TASA la cobertura de costos de un servicio que se desarrolla para mantener bienes ambientales, no debería existir una diferencia entre un turista de un hotel 5 estrellas con un pasajero de un alojamiento categorizado como 1 estrella; siguiendo el ejemplo, ambos turistas generan en promedio la misma cantidad de desperdicios y por lo tanto uno no debe pagar más que el otro por el mismo servicio.

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En este contexto, en la mencionada tabla de valores diferenciales, observamos una categoría ilegal sobre la que no corresponde legislar, tal como es la categoría “Alojamientos sin categorizar”, alojamientos que como es sabido, se encuentran en situación irregular y como tales, no deben ser considerados sino que deben ser obligados a regularizar su situación, ya que además de representar una competencia desleal hacia quienes estamos en orden, sino que además atentan contra el nivel de jerarquía que pretendemos darle al destino, puesto que muchas veces estos “prestadores” no brindan un servicio acorde.

2da Cuestión: No se menciona ni considera en ningún lugar que pasa con el turista que llega en Motor home o casilla rodante. De no ingresar a un camping no estaría considerada la posibilidad de cobrarle la Tasa

3ra Cuestión: De qué manera se va a cobrar, como se haría en el caso que el turista quiera abonar la tasa con tarjeta de crédito o débito, en ese caso el prestador se encontraría en un problema ante el fisco nacional y provincial ya que ese movimiento bancario además de generar un costo financiera adicional estaría incrementando los ingresos y por consiguiente la carga impositiva, nos encontraríamos ante una doble imposición en cabeza de los prestadores turísticos.

4ta Cuestión: El hecho de tener que ser los prestadores los encargados de cobrar la tasa en cuestión “comercialmente” nos vemos afectados en la tarifa final ofertada ya que para el turista termina siendo el costo del alojamiento el que está abonando aunque se discrimine tarifa de alojamiento, (como pasa con el impuesto al valor agregado) y ECOTASA,

Sostienen en el escrito “todo lo antes expuesto no obstante ratificamos nuestro parecer y acuerdo en cuanto a los fundamentos que originaron la creación de la ECOTASA, pero no consideramos que la mencionada tasa sea la solución y en este sentido, es que deseamos aportar una propuesta que entendemos, puede ser ampliamente superadora y mucho más abarcativa”.

BARRERA DE INGRESO AL AREA NATURAL PROTEGIDA

Dentro de la propuesta, los Consejeros mencionan que “la propuesta como bien lo dice el título precedente, consiste en la creación y armado de una barrera de ingreso al AREA NATURAL PROTEGIDA (ANP) en la que se solo se cobraría una TASA UNICA de ingreso al  ANP por persona, sino que además se brindaría información”.

En esta barrera se desarrollarían las siguientes acciones:

  1. Se desarrollaría una labor educativa e informativa al turista, entregando un folleto explicativo sobre la naturaleza del AREA NATURAL PROTEGIDA (ANP), en la que se informará, por ejemplo:
  2. El valor del patrimonio natural y cultural de la ANP, detallando los recursos naturales y ambientales y comunicando sobre todo aquellos que puede hacerse en la ANP (avistajes de fauna, gozar la playa, ejercer el turismo en forma ambientalmente sustentable, etc.)
  3. Aquellas acciones que NO pueden hacerse en la ANP (ingresar con mascotas a la playa, arrojar basura fuera de los contenedores destinados a tal fin, destruir bienes públicos, etc.).
  4. Las prevenciones a tener en cuenta por el visitante (amplitud de las mareas, no acampar bajo los acantilados, caminar con cuidado sobre la restinga, prevención ante posible marea roja, etc.)
  5. La barrera permitiría cobrar además la TASA DE INTRODUCCION a todos los introductores de mercaderías, elevando significativamente la recaudación de la misma y haciéndola más eficiente que en la actualidad. De esta forma se protegerá a los comerciantes del municipio de la competencia desleal.
  6. Se podrá realizar el control bromatológico de los alimentos a introducir al Municipio.
  7. Podría existir en la barrera una consigna policial de control.

Finalizan comentando “Entendemos que de esta forma se pondrá en valor el AREA NATURAL PROTEGIDA y se destacará su destino de AREA creada para la conservación de la naturaleza, se concientizará al visitante sobre la importancia de ejercer un turismo ambientalmente responsable y en definitiva, se enriquecerá la experiencia turística” (son varias las firmas).

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