La Resolución lleva el número 503/19 en la misma se modifican puntos que tienen que ver con la renovación de los permisos de pesca del sector artesanal para las embarcaciones que operan en el Golfo de San Matías.
Se expresa en la normativa que las lanchas artesanales deberán acreditar un mínimo de 10 salidas efectivas de pesca entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2019.
Asimismo, el documento es puntual al expresar que aquellas embarcaciones que de forma injustificada no cumplan con éste requisito serán dadas de baja del Registro para la Actividad Pesquera Artesanal Marítima por la Subsecretaría de Pesca dependiente del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca.
Una vez que el registro sea depurado se propondrá que en forma consensuada con el sector pesquero artesanal se elabore un sistema de priorización para decidir nuevas inscripciones esto es abarcativo para nuevas embarcaciones o para aquellas que fueron dadas de baja del registro provincial.
Menciona además la resolución que existe una preocupación por el crecimiento que ha tenido el número de embarcaciones inscriptas, muchas de ellas no han iniciado actividades o mantienen una actividad regular, otras pertenecen a pescadores de otras provincias o se inscribieron con nombre de algún residente de la zona.
Esta medida no alcanza a los pescadores de Sierra Grande, porque indican que deben operar exclusivamente en la dársena de Punta Colorada, esperan que la generación de la actividad active a los trabajadores de esa zona.
Con esta medida, estipulan que deben desalentarse la inscripción de carácter especulativa de embarcaciones pesqueras artesanales y a la vez promover un ordenamiento del sector pesquero artesanal, evitando mantener una indeseable cantidad de embarcaciones inactivas en términos de operaciones pesqueras.