Se presentó un proyecto de Ordenanza para regularizar la situación de las Tierras Ferroviarias de San Antonio Oeste
El Bloque Juntos Somos Rio Negro presentó un proyecto de Ordenanza, elaborado en conjunto con el Intendente Municipal y las Áreas municipales competentes, con el fin de regularizar la situación de las Tierras Ferroviarias de San Antonio Oeste.
A mediados del 1900, el Estado Nacional contaba en Rio Negro con 821 kilómetros de red ferroviaria. Con la desaparición de Ferrocarriles Argentinos, las vías del Ferrocarril Roca fueron divididas entre varios concesionarios; el Estado de la Provincia de Río Negro asumió el desafío de mantener el ramal que atraviesa el territorio provincial mediante la composición de una Empresa Pública que se llamó en primera instancia SEFEPA (Servicios Ferroviarios Patagónicos), actualmente Tren Patagónico SA.
Por lo tanto, Ferrocarriles del Estado conservaba para sí diferentes superficies de tierras ubicadas en la planta urbana de San Antonio Oeste para operatoria, logística y residencia de su personal, en tres sectores diferenciados, establecidos como Zonas A, B y C.
La Municipalidad declaró de interés de planeamiento urbano el suelo establecido como Zona B y Zona C, Tren Patagónico, por su parte, prescindió de manera expresa del uso y ocupación de la Zona C, en tanto no realiza actividad ferroviaria alguna sobre el lugar declarado.
Muchas son las familias ferroviarias que han permanecido en las viviendas otorgadas a operarios y empleados, desde hace más de 20 años, las mismas cuentan con diferente documentación respaldatoria que les reconoce derechos sobre sus hogares. Es deber de la Municipalidad velar por los intereses de la comuna y sus vecinos, así como dar respuesta a los incesantes reclamos de reconocimiento de derechos esenciales, respondiendo a las políticas públicas ejercidas de manera histórica.
La aprobación de este proyecto autorizará al Poder Ejecutivo Municipal, en el marco del Dominio Eminente, a realizar las gestiones necesarias a los fines de otorgar la transferencia de los terrenos o inmuebles a sus legítimos ocupantes o con derechos de ocupación en forma onerosa y con facilidades extendidas; como así también de tomar posesión de espacios verdes para el desarrollo urbano, infraestructura de servicios, habilitación de parques/plazas públicas o unidades culturales. Aquellas parcelas que no se otorgue a sus ocupantes se inscribirán a nombre de la Municipalidad de San Antonio Oeste.