Un hombre fue condenado a tres años de prisión en suspenso tras aceptar su culpabilidad en juicio abreviado.
Según el juez Pedro Bracco determinó que “CONDENAR a OMAR JESÚS ÁLVAREZ, a la pena de DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN de ejecución condicional, MULTA DE DOSCIENTOS VEINTICINCO PESOS ($225,00) y las COSTAS del proceso, por considerarlo autor material penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes”.
Según la investigación la condena se da por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización que involucra 974,17 gramos de cocaína, fraccionados en cien (100) “tizas”, de los que se obtienen 2.587 dosis intranasales (…) acondicionados en una bolsa de nylon que portaba, el día 26 de agosto de 2011, aproximadamente a las 13:30 hs. cuando descendió de un micro de la Empresa “Don Otto” en la terminal de San Antonio Oeste, procedente de Viedma y, personal de la brigada de investigaciones de la Comisaría 10ma. de San Antonio Oeste” según consta la información de la oficina judicial federal.
Es de SAO y le dieron libertad vigilada
Un hombre que reside en San Antonio oeste obtuvo una reducción de su pena “por estimulo educativo para avanzar a través de la distintas fases y periodos de la progresividad del sistema penitenciario”.
El sujeto estaba condenado “a la pena de cuatro (4) años de prisión, mil pesos ($1.000) de multa, con accesorias legales y costas del proceso por considerarlo responsable penalmente del delito de transporte de estupefacientes, en calidad de autor” debía salir recién en tres años.
Como consecuencia de ello se le impusieron las siguientes reglas de conductas, que deberá respetar y cumplir hasta el agotamiento de la pena que opera en abril de 2022, consistentes en: 1) residir en el domicilio establecido en San Antonio Oeste; 2) abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas o consumir sustancias estupefacientes; 3) no cometer nuevos delitos; 4) observar buena conducta y abstenerse de concurrir a lugares y/o frecuentar a personas que pongan en peligro el compromiso asumido; 5) presentarse de forma bimestral ante el Patronato de Asistencia a Presos y Liberados de la ciudad; 6) No salir del país sin autorización del Tribunal, todo ello bajo apercibimiento de ley.