Así sostiene una comunicación del bloque de JSRN, que on deberes y atribuciones del Gobierno Municipal ya preestablecidas en la Carta Orgánica y regladas en la Ordenanza 5125 citada en el visto.
Es una obligación por parte del estado brindar al ciudadano toda la información respecto a los agentes y funcionarios públicos que están a disposición y servicio de la comunidad, dentro del ámbito de su competencia.
Genera un espíritu de transparencia y eficacia, determinando responsabilidades ante los vecinos que requieran atención pertinente.
Además es necesario el aval del organismo gubernamental para quienes representan a la comunidad ante otros organismos públicos dentro y fuera de la localidad.
POR ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE COMUNICA
Artículo 1: Al Poder Ejecutivo Municipal, que vería con agrado se cumpla en su totalidad con lo reglamentado en la Ordenanza 5125, sobre la Obligatoriedad de Identificación de todo empleado y funcionario público.
Artículo 2: Asimismo vería con agrado se extienda la correspondiente credencial señalando datos personales de cada Concejal, con el logo de la Municipalidad y la firma del Presidente del Concejo Deliberante.