miércoles, mayo 14, 2025
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Municipalidad de San Antonio Oeste declara rescindido convenio de urbanización “loteo Villa Verde” por incumplimientos

La Municipalidad de San Antonio Oeste solicitó al Concejo Deliberante aprobar la rescisión del Convenio Marco de Urbanización suscrito con la actual diputada nacional Lorena Villaverde, propietaria de la parcela Nro. 380125 en el Balneario Las Grutas, con fecha 07 de julio de 2020.


La decisión, formalizada a través de un decreto emitido por la Intendencia Municipal, se basa en una serie de incumplimientos detectados por el Ejecutivo Municipal, este expediente ingresó al Concejo Deliberante para su tratamiento.

Según el informe técnico elaborado por la Subsecretaría de Asesoría y Departamento Técnico Municipal, en el expediente administrativo N° 419/2025 (ex 09/2020) se constataron diversas irregularidades por parte de la desarrolladora, actuando en carácter de «urbanizadora». Entre los incumplimientos señalados se destacan:

  • Falta de presentación del proyecto y estudio complementario previo al inicio de cualquier obra.
  • Ausencia de acreditación en las actuaciones referenciadas a la Red de distribución domiciliaria de energía eléctrica subterránea, Red de distribución domiciliaria de agua potable, aprobación de Servicios Públicos de las calles con niveles y desagües pluviales, cordón cuneta, presentación del sistema cloacal posible, identificación de espacios verdes equivalentes al 5% del área loteada, ni vías de acceso pavimentadas. Estos requisitos son exigidos por la Ordenanza 1735 aplicable para todo loteo o fraccionamiento parcelario realizados por los particulares propietarios de mayores fracciones urbanas o rurales que se incorporen a la planta urbana del Balneario Las Grutas.
  • No surge identificación de las parcelas obligadas a ceder a favor de la Municipalidad con destino específico, conforme lo establece la Ordenanza 6430 (art. 3).
  • Durante las inspecciones realizadas por personal municipal, se constató la venta ilegítima de lotes y construcciones irregulares, sin contar con la aprobación municipal para el fraccionamiento (solo visado).

El informe elevado al cuerpo legislativo comunal subraya que, si bien se otorgó un «visado provisorio» de los planos presentados en julio de 2020, este no implica reconocimiento alguno de propiedad exclusiva del inmueble y que, a pesar de la notificación fehaciente a la Sra. Villaverde sobre las irregularidades detectadas, a la fecha no se ha presentado sino que tampoco ha efectuado descargo alguno.

Ante estos incumplimientos de las Ordenanzas Nros. 5624, 1735 y la Ley Provincial 3483, el Ejecutivo Municipal consideró procedente la rescisión del Convenio Marco de Urbanización oportunamente suscripto. El decreto de rescisión, que lleva la firma del Intendente Municipal de San Antonio Oeste, declara rescindido el convenio a partir del 30 de abril de 2025.

Se aclara en el documento enviado a los concejales para su tratamiento, que esta rescisión se realiza sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder ante los graves incumplimientos mencionados, amparados en el derecho consuetudinario y poder de policía que detenta el Estado Municipal.

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