El Tribunal de Cuentas busca reglamentar la compra de combustible para vehículos municipales





Los Revisores de Cuentas Jorge López, Mario Schachtel y Gustavo Urcera y su Secretario Joaquín Landívar en uso de sus facultades, otorgadas por la Carta Orgánica Municipal; presentaron un proyecto de Ordenanza al Concejo Deliberante. El mismo, en caso de aprobarse, determina el procedimiento para la compra de combustibles, en las estaciones de servicios, radicadas en el ejido municipal.

Señala en los considerandos que los recursos afectados, a la compra de combustible, para el funcionamiento del parque automotor es muy elevado en cualquier gestión municipal. Las características de la cantidad del combustible y su uso diario, hace que deba instrumentarse un procedimiento dinámico y normalizado para su compra; pero que a la vez garantice la igualdad de oportunidades a los proveedores habilitados en el ejido.

Estos son los puntos importantes a determinar por parte de los revisores de cuentas para el Poder Ejecutivo Municipal para la compra de combustible de acuerdo al siguiente procedimiento:

  • Cada tres meses notificará   a los comerciantes titulares de estaciones de servicios expendedoras de combustibles, habilitados en el ejido municipal, para que coticen el valor de los mismos; con el objeto de proveer al municipio.
  • Las ofertas serán evaluadas por una Comisión creada al efecto, por el Poder Ejecutivo, e integrada por un Revisor de Cuentas. La misma emitirá un dictamen, teniendo en cuenta el valor ofrecido y las condiciones de la operación, para que el Poder Ejecutivo realice finalmente el Decreto de adjudicación.
  • El adjudicado será el proveedor oficial del municipio por el lapso de tres meses.
  • Si el proveedor oficial no puede expender combustibles por falta del mismo o por otras causas, facultase al Poder Ejecutivo Municipal a comprárselo a otro proveedor hasta que se regularice la condición, informando de esta circunstancia al Tribunal de Cuentas. En caso de que la situación se extienda por el lapso de siete días, el Poder Ejecutivo deberá iniciar el procedimiento establecido en esta ordenanza para seleccionar un nuevo proveedor.
  • Los funcionarios y/o empleados que usen vehículos fuera del ejido municipal, quedan autorizados a comprar combustibles en otras ciudades para ser utilizados en los mismos.

La ordenanza deberá ser reglamentada por el ejecutivo municipal una vez aprobada por el legislativo comunal.

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