Flexibilizan la obra pública con el protocolo de emergencia sanitaria vigente

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La Municipalidad de San Antonio Oeste, mediante la Secretaria de Planificación y Desarrollo Urbano estableció por Resolución 004/20 la adhesión parcial en la órbita municipal a las disposiciones esbozadas en el Decreto Provincial N° 362/2020, en lo atinente a la obra privada su autorización, contenido y alcances.

Por ello se dispone que las actividades relacionadas a la construcción de obras privadas podrán permitirse dentro del ejido, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs.

La habilitación de las obras en el marco de la pandemia COVID-19 podrá ser solicitado ante la Dirección de Obras Particulares de San Antonio Oeste por el Propietario, Apoderado o Director de Obra mediante Nota con carácter de Declaración Jurada (Anexo I DDJJ o Anexo II DDJJ), en la misma se compromete a garantizar la implementación y cumplimiento de las disposiciones indicadas en la presente y a dar cumplimiento de los protocolos sanitarios que determina el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades
nacionales, provinciales y locales y en la Resolución 591/20 de la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia de Río Negro.

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De acuerdo a la siguiente clasificación y características de la obra:

  1. Obras Menores o Refacciones: Serán obras que no impliquen la modificación sustancial de uso de la vivienda o local, no afecte o modifique estructuras, no incorpore superficie construida a la edificación, etc.
    Es decir, todo trabajo que no requiera la elaboración y presentación de documentación técnica, entre los que se enumeran: pinturas en general, reparaciones de carpintería, herrería, revoques, vidriería, sanitarios, arreglos no estructurales de cubiertas tales como impermeabilizaciones, contrapasos, cambio de pisos, tabiques divisorios que no modifiquen la espacialidad del inmueble ni generen espacios interiores estancos, intervenciones en fachadas.
    Estas obras admitirán dos (2) trabajadores como máximo en simultáneo, las cuales serán declaradas mediante un Aviso de Obra Menores o Refacciones bajo juramento por el Propietario o Director de Obra.
  2. Obras de pequeña escala de superficie menor a 140m2 (Sup. < 140m2):
    Toda obra cuya superficie sea menor a 140m2 y requiera la aprobación de Documentación Técnica. Admitirá un máximo permanente de tres (3) trabajadores más el Director de Obra (total 4).
  3. Obras de mediana escala con superficies superiores a 140m2 (Sup. ≥ 140m2):
    Toda obra cuya superficie sea superior a 140m2 y requiera la aprobación de
    Documentación Técnica. Admitirá un trabajador por cada 70m2, siendo el máximo admisible de cinco (5) trabajadores incluyendo al Director de Obra y Representante Técnico.
  4. Obras de mayor escala: Toda obra con la necesidad de más de 5 trabajadores en simultáneo., el Director de Obra deberá realizar una presentación a la Secretaría de Planificación y Desarrollo Urbano para requerir la aprobación correspondiente del organismo Provincial de Río Negro.

Especialidades:

Las diferentes especialidades o rubros deberán alternar con el resto del personal, no debiendo concurrir de manera simultánea de modo tal que no se sobrepase el número de trabajadores permitidos según la clasificación o características de la obra. Todos deberán contar con los elementos de seguridad y sanidad estipulados por las normativas vigente en la emergencia sanitaria.

Para más información y consultas sobre documentación que deban presentar, pueden comunicarse de lunes a viernes de 9 a 12 hs a los siguientes telefonos fijo: 02934 – 422 628 Celular: 2920- 480 705.

Para solicitar turnos de atención personal, los días lunes, miércoles o viernes, deben contactarse al 2920 – 480701 de 9 a 14 o de 17 a 20hs.

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