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Los comercios no esenciales de SAO, SAE y Las Grutas ya tienen beneficios fiscales

Por medio de una ordenanza que fue aprobada por unanimidad en el Concejo Deliberante de San Antonio Oeste, se exime del pago de la tasa por seguridad, salubridad e higiene de junio y julio de este año, a todas las actividades comerciales, autónomos o monotributistas que se hayan visto afectados por las últimas restricciones horarias a causa de la pandemia por Covid.

En concreto, alcanza a aquellos a los que, “por disposición del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334/2021, se hayan encontrado imposibilitados de desarrollar su actividad y que han sido afectados por las últimas restricciones horarias para continuar su normal funcionamiento”.

Para ese mismo sector y para esos dos meses, se suspende también la aplicación de intereses por mora en el pago de las cuotas de ese tributo “para todas las licencias comerciales cuyo rubro registrado se encuentre dentro de las actividades comerciales que por disposición del Gobierno Nacional a través del DNU N° 334/2021, se hayan declarado como “no esenciales”.

La norma legal suspende también “la exigibilidad del libre deuda municipal para las contrataciones llevadas a cabo por parte del gobierno municipal con proveedores con domicilio en la localidad”.

Se indica que “en el caso que un proveedor mantenga deuda con la municipalidad, la misma deberá ser compensada o descontada del importe a abonar por el municipio ante la contratación de un servicio o la entrega de un bien”.

Se establece que “los titulares de las licencias comerciales permanentes afectados por las medidas mencionadas precedentemente, deberán acreditar ante la Secretaría de Hacienda la suspensión de la actividad comercial, mediante declaración jurada que así lo acredite”.

En el articulado se indica que en el caso de que los comercios hubieran efectuado el pago anual adelantado “se les considerará una nota de crédito exceptuándolo del primer y segundo vencimiento en el ejercicio fiscal 2022, según corresponda”.

El pedido de adhesión a estas disposiciones “no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta ordenanza”.

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