Marzo, un mes clave para los líquidos derivados de la industria pesquera

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En breve deberá reglamentarse la ordenanza, ya que se cumplen los noventa días estipulado en el decreto realizado por el ejecutivo municipal, uno de los primeros que firmó Adrián Casadei.

La ordenanza 5859/19, votada por unanimidad expresa “Que para salvaguarda el orden, moralidad y salubridad pública, el Estado Municipal debe propender a reglamentar el mecanismo para regular la generación, transporte y depósito para los residuos de la actividad pesquera, como así también todas las etapas de gestión de estos residuos en amparo del patrimonio ambiental del ejido de San Antonio Oeste”.

En este sentido, seguramente los líquidos de la industria pesquera irán a la nueva planta GP Inversiones que se encuentra en la zona del campo privado dónde actualmente se entierran los desechos de langostinos.

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El contexto de la normativa estipula que todos los residuos líquidos y otros de la pesca, sean derivados a la empresa mencionada, la que se estableció hace poco tiempo para recibir los líquidos residuales.

Hasta el momento los encargados o propietarios o bien cooperativas de las industrias que manejan los productos pesqueros no mencionaron nada al respecto y si van a acatar o no la ordenanza.

El hecho fundamental es el precio, evalúan las probabilidades. Hasta el momento no enunciaron los costos y según expresaron no utilizarían el servicio, si los precios no son acordes a la situación económica de cada una de las empresas.

La ordenanza establece durísimas sanciones, las cuales, si las empresas pesqueras no la cumplen, serán pasible incluso de hasta el cierre o clausura de las mismas “La suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro implicará el cese de las actividades y la clausura del establecimiento o local”. Mientras que las autoridades de aplicación llevarán adelante el procedimiento.

Líquidos en un campo

La Defensoría del Pueblo de la Municipalidad de San Antonio Oeste llegó hasta un campo privado con el director de Ambiente Municipal. Según manifestó que fueron por la queja efectuada por un vecino quien aporto material documental.

Asimismo, a pesar de ser un campo privado, hicieron una denuncia en el Juzgado de Faltas, por el volcado de efluentes de residuos pesqueros en inmediaciones al acceso de la Salina del Gualicho, este actuar negligente sería ejecutado por parte de una empresa local (no mencionan cual es la planta).

Según señala, la misma fue constatada por los funcionarios respectivos en el lugar del hecho, observándose que es, según la defensoría, material contaminante que está siendo vertido sobre un afluente del cuerpo de agua interior denominado “Salina del Gualicho”, constituyéndose esta contaminación como directa sobre el cuerpo de agua interior.

Este medio preguntó si los análisis correspondientes sobre el desecho líquido están realizados para que sea denominado contaminante, pero hasta el momento no recibió la respuesta.

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