Prorrogan las medidas preventivas y solo algunas actividades se exceptúan

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La gobernadora, Arabela Carreras, firmó el Decreto que prorroga una serie de medidas preventivas tendientes a evitar la proliferación del Coronavirus COVID-19 en el territorio provincial.

La decisión va en consonancia con la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la Nación.

La Mandataria extendió la vigencia de estas medidas y disposiciones hasta el día lunes 26 de abril, oportunidad en que culminará el proceso de aislamiento.

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Se prorrogan las siguientes medidas

• Declaración del estado de máxima alerta sanitaria y suspensión preventiva de todos los actos públicos y fiestas populares que impliquen afluencia masiva de público y cuya organización recaiga en el Poder Ejecutivo (Decreto 236/20).

• Suspensión de clases en todos los establecimientos educativos de la provincia de Río Negro (Decreto 266/20)

• Receso general excepcional de la Administración Pública, dispensando del deber de asistencia al personal, quedando suspendido asimismo todos los plazos administrativos durante el periodo del receso, en los términos y con los alcances allí expuestos (Decreto 293/20)

• Restricción el ingreso a la provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma (Decreto 297/20)

• Prohibición en todo el territorio provincial, el ingreso y circulación en todos los sitios considerados de esparcimiento público y se limitó el horario de atención al público de aquellos establecimientos comerciales comprendidos en las excepciones del Artículo 6º del Decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 298/20) incorporándose la obligatoriedad de cerrar sus puertas los días domingo a los fines de realizar una desinfección y limpieza de los mismos (Decreto 323/20).

• Horarios de inicio y finalización de las frecuencias diarias que deben cumplir los servicios de transporte público por automotor de carácter urbano, estableciendo asimismo una eximición del pago del boleto a personal de salud y de seguridad (Decreto 299/20).

Nación permite abrir bancos, gomerías y talleres

– Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

– Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.

– Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.

– Fabricación de neumáticos: venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

– Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.

– Respecto de los bancos, por ahora, está previsto que abran el lunes para atender con turno previo, aunque solo para trámites sin ventanilla, como renovar la tarjeta o abrir una cuenta. Los cobros, pagos, transferencias y depósitos, hasta nuevo aviso, se siguen canalizando por home banking y cajeros automáticos.

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