viernes, julio 18, 2025
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SAO: una mujer denunció que la ex de su expareja la golpeó en su trabajo

Un serio conflicto entre dos mujeres por un hombre ha escalado a la violencia, llevando a la intervención de la Justicia de Paz.


El pasado viernes 13, una mujer denunció haber sido agredida físicamente en su lugar de trabajo por la expareja de un hombre con quien ella mantuvo una relación sentimental. La Justicia de Paz ha ordenado una prohibición de acercamiento y otras medidas de protección para la supuesta víctima.

Según el relato de la denunciante, mientras se encontraba en su trabajo, fue sorprendida por la otra mujer, quien previamente había sido pareja del hombre con el que ella tuvo un noviazgo de aproximadamente un año y de quien actualmente se encuentra separada. La visita, lejos de ser amigable, se tornó violenta. La denunciante aseguró que fue hostigada e insultada, y que además recibió un golpe en la cabeza.

El incidente ha dado inicio a una causa en el marco de la Ley 3040, conocida como “Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares”. El caso fue remitido al Juzgado de Paz de San Antonio Oeste, donde ya existían antecedentes de denuncias entre ambas partes.

En esta ocasión, el titular subrogante del Juzgado de Paz dictó medidas de protección con el objetivo de “prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar y de género”. Aunque no existe un vínculo familiar directo entre las partes, el magistrado consideró que “la relación afectiva del denunciante con su pareja, quien fuera anteriormente pareja del denunciado, resultaría ser la causa” del conflicto. Por lo tanto, se entendió que correspondía aplicar las disposiciones de la Ley 3040 para frenar estos episodios de violencia.

Entre las reglas de conducta impuestas a la supuesta agresora, el magistrado le ordenó abstenerse de ejercer actos de violencia contra la denunciante en cualquiera de sus formas. Esto incluye provocar incidentes, agravios en la vía pública o en lugares públicos o privados, así como realizar publicaciones en redes sociales que hagan mención a los hechos o brinden datos que vulneren el derecho a la privacidad de la víctima. Se le advirtió que, en caso de existir publicaciones relacionadas con el conflicto, deberán ser eliminadas.

Además de estas pautas preventivas, que tendrán una vigencia de 90 días, el fallo establece una prohibición de acercamiento de la agresora en un radio de 100 metros del domicilio y del lugar de trabajo de la denunciante.

La resolución judicial advierte a la acusada que el incumplimiento de estas medidas resultará en una acusación por el delito de desobediencia judicial. El documento destaca que las pautas podrían ser modificadas o ampliadas, y comunicadas al “lugar de trabajo, estudio, asociación profesional, organización sindical y otras organizaciones sociales a las que pertenezca” la persona denunciada.

Finalmente, el magistrado comunicó a ambas partes la necesidad de adoptar “los recaudos que estimen necesarios a los fines de resguardar su integridad psicofísica” y evitar incurrir en nuevos episodios de violencia. Asimismo, se indicó que, en caso de que alguna de las partes incumpla las medidas dictadas, la otra deberá realizar la correspondiente denuncia. Lo resuelto será comunicado al Juzgado Civil, Comercial, Minería, Sucesiones y Familia N° 9 de San Antonio Oeste y a la Comisaría de la Familia.

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