SENASA comenzó a multar a los camiones que derraman líquidos en el muelle pesquero

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La autoridad de aplicación, haciendo uso de las facultades que le corresponden, con la norma que establece que los camiones semirremolques, que trasladan pescado fresco, desde el muelle a su destino, deben evitar el derrame de líquidos.

Estos líquidos de la pesca, que se vierten desde las cámaras de los transportes, al tomar contacto con el medio ambiente con el calor, hacen un combo por el cual derivan en fuertes olores nauseabundos que se extienden por varias manzanas, perjudicando al vecino.

Las quejas fueron y son continuas, a pesar que casi la temporada de langostino va finalizando, durante el verano, el hedor ha sido insoportable varios días, inclusive en la zona de las industrias pesqueras, dentro de la ciudad, sucede lo mismo.

Estas últimas jornadas, realizaron actas de constatación, por el cual, los propietarios de los transportes, deberán realizar sus descargos, para no recibir la multa, como lo establecen las resoluciones del SENASA.

En la última reunión, en la municipalidad, se mencionó justamente esta situación, ya que deberán contar con bateas para receptar ese desecho y lego derivarlo al sitio que tienen para su disposición final.

Justamente una parte de dicha resolución señala “Que, en consecuencia, para salvaguardar la sanidad animal, vegetal, la salud humana y la calidad agroalimentaria resulta necesario que, ante la constatación de situaciones o de riesgo comprobado o presunto o de presuntas transgresiones a las normas legales vigentes, se adopten medidas sanitarias de carácter preventivo consistentes en interdicciones, clausuras, o decomisos, entre otras.”

Agrega “Los motivos que fundamentan la decisión deben tener en consideración la necesidad de preservar las condiciones sanitarias y de calidad de la cosa, utilizando asimismo criterios de eficiencia, eficacia y economicidad. Dichos motivos deben ser expuestos en un informe, el que debe anexarse al Acta de Constatación labrada.”

Precisamente el acta hace referencia a la “presunta infracción” por “drenar líquidos desde el interior hacia el playón del muelle” y se refiere específicamente a los semirremolques.

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