Concluyó el juicio por el asesinato de Juan Carlos Arias ocurrido el 12 de agosto del año 2016 en calle Antártida Argentina de San Antonio Oeste que tiene como imputados a A.N.P y a Néstor Ramón Molina.
El Tribunal estuvo integrado por los Jueces Marcelo Chironi, como presidente; Ariel Gallinger y Guillermo Bustamante como vocales. Con la asistencia del Secretario Juan Pedro Peralta.
Además estuvieron presentes: el Fiscal de Cámara Hernán Trejo y los abogados defensores de los imputados, Margarita Graciela Carriqueo, Patricia Arias y Pedro Vega.
Acusaciones y defensa
El Fiscal de Cámara Hernán Trejo ambos son coautores de delito de homicidio agravado con utilización de arma de fuego. También el menor A.N.P debe ser declarado penalmente responsable. Para Néstor Ramón Molina solicitó 10 años y ocho meses de prisión.
Según el fiscal el adolescente A.N.P fue el autor del disparo que terminó con la vida de Arias, a su vez deben imputársele los delitos de portación de arma de fuego de forma legal y amenazas agravadas con uso de arma de fuego.
Las defensoras oficiales Patricia Arias y Graciela Carriqueo solicitaron al tribunal que A.N.P tenga una nueva audiencia cuando cumpla la mayoría de edad, en caso que de lo condene, para que se le imponga la pena.
En cambio el defensor oficial Pedro Vega, señaló que no se ha comprobado el rol de Molina en la acción del ataque y que no puede ser imputado como coautor ya que se comprobó que A.N.P fue quien solo empuñó el arma y realizó los disparos.
Hechos
“Se les imputa a A.N.P. (16 años de edad) y a Néstor Ramón Molina, haber sido quienes en calidad de coautores dieron muerte a Juan Carlos Arias en la ciudad de San Antonio Oeste el día 12 de agosto de 2016 a las 22:50 horas aproximadamente, mediante un disparo del arma de fuego tipo revolver (…) que fue efectuado por A.N.P., quién la portaba sin debida autorización legal. En la ocasión Juan Carlos Arias conducía su vehículo marca Fiat Duna Weekend, (…) junto a G., quién iba como acompañante sentado en la parte delantera, siendo perseguidos por una motocicleta (…) en la que circulaban el mencionado Molina, como conductor, y P. como acompañante. Seguidamente a la altura de la intersección de las calles Antártida Argentina y Sargento Cabral la motocicleta logra ubicarse a la par de la ventanilla del conductor momento en que P. disparó el arma de fuego contra la persona de Arias, ocasionándole su muerte”.
Por último, el acompañante de la víctima logró detener el vehículo en la calle Automóvil Club Argentino al 1900, oportunidad en cual la motocicleta retoma por dicha arteria en sentido contrario y, al pasar a la par de la ventanilla del acompañante, P. efectúa otro disparo con el arma de fuego dirigido hacia G. sin lograr herirlo y lo amenazó diciendo que “si llamaba a la policía lo iba a matar, que lo iba a buscar a su casa con todos los otros chicos que se juntan con él”.