Esta especie se encuentra en Peligro de Extinción a causa de la constante presión de captura para el comercio ilegal de aves de jaula.
La Legislatura de Río Negro, sancionó el pasado miércoles el proyecto de ley que declara al Cardenal Amarillo como Monumento Natural de la Provincia de Río Negro.
Según lo establecido por la Ley de Parques Nacionales, los Monumentos Naturales son áreas, cosas, especies vivas de animales o plantas, de interés estético, valor histórico o científico, a los cuales se les acuerda protección absoluta.
El proyecto, impulsado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Río Negro, fue presentado por el Legislador Marcelo Szczygol, y resultó aprobado en primera vuelta por el cuerpo legislativo. Se espera que en los próximos meses se convierta en ley en segunda vuelta.
El cardenal amarillo es un ave de la familia Emberizidae, endémica de América del Sur, que por su vistoso color y canto melodioso ha sufrido históricamente una fuerte presión de caza (particularmente ejemplares machos) para comercio ilegal como ave de jaula.
La declinación poblacional de la especie, se debe entre otras causas, a la captura para abastecer el mercado ilegal de mascotas, principalmente de los grandes centros urbanos, incluso hasta fuera del país, alcanzando valores importantes en este mercado ilegal.
En Argentina habita bosques abiertos y matorrales desde el norte hasta el centro del país, pero en la mayor parte de su área de distribución es una especie rara y sólo es común en montes del norte de la provincia de Rio Negro y bosques de Caldén (Prosopis caldenia) de la provincia de La Pampa.
La captura y comercio ilegal es su principal amenaza, aunque la destrucción y modificación de sus hábitats también afectan significativamente a las poblaciones silvestres. Categorizada como en peligro de extinción.
En la provincia de Río Negro, el proyecto de ley aprobado en primera vuelta “declara al Cardenal Amarillo (Gubernatrix cristata) Monumento Natural de la Provincia de Río Negro, en el marco de lo establecido en el artículo 15 de la ley M nº 2669, ante la amenaza de extinción de la especie y en apoyo a las actividades de recuperación y la necesidad de ponerlos al resguardo de la intervención humana, garantizando su protección”.
El cardenal amarillo también se encuentra categorizada como especie en peligro de extinción, a nivel internacional por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. y a nivel nacional por la resolución 795/17 de Ambiente Nación. A su vez, está amparada por el artículo 20 de la ley n.° 22421 de Conservación de la Fauna.