La Gobernadora, Arabela Carreras, envió a la Legislatura el proyecto de ley que establece las condiciones para avanzar en la iniciativa privada presentada por la empresa Fortescue Fortune Industries, destinada a la producción de Hidrógeno Verde en Río Negro.
El proyecto recepta la iniciativa privada presentada por la firma de origen australiano, adecuando asimismo las sugerencias efectuadas por la Comisión Especial que evaluó el documento y se expidió a favor de su declaración de interés público.
Además, se incorporan las condiciones marco que regirán el procedimiento de licitación pública para concretar la adjudicación del uso de tierras fiscales provinciales para la ejecución del proyecto, previéndose el cobro de un canon como contraprestación a favor de la provincia, el plazo de la concesión y las modalidades generales y básicas de la misma, las que podrán luego ser complementadas por el Poder Ejecutivo.
El proyecto establece destinos específicos para los fondos que ingresen a la provincia en concepto de canon. Se contempla como prioritario destinar una porción de esos ingresos a la conformación de un fondo de desarrollo local y regional, con miras a brindar financiamiento de equipamientos u obras que contribuyan a la mejora de las infraestructuras con fines económicos, urbanos y de saneamiento.
Por otro lado, se contempla también que un porcentaje del canon que se abone a la Provincia sea coparticipado entre los Municipios, posibilitando que todas las regiones y ciudades participen de los beneficios económicos que acarrea este proyecto, propiciando las políticas de integración provincial
Los detalles
El objeto central de la iniciativa es declarar interés público provincial a la iniciativa privada presentada por la firma Argentina Fortescue Future Industries en el marco de la Ley 3484, para la realización de todas las obras de infraestructura necesarias para la generación de energía eléctrica de fuente renovable, con destino exclusivo a la producción del denominado hidrógeno verde y sus derivados.
La concesión para la ejecución y explotación del proyecto se otorgará con carácter onerosa, por el plazo de 50 años, prorrogables por veinticinco 25 más.
Se establece como contraprestación por la concesión el cobro de un canon periódico, en dólares estadounidenses, vinculado directamente a la totalidad de la superficie licitada.
Este canon está conformado por dos componentes: “Tierra en producción”, valor que se establece para la tierra afectada a la infraestructura, y “Tierra retenida para producción en etapas futuras”, valor que surge de los lotes fiscales que no estén siendo utilizadas efectivamente, pero podrían ser usadas en próximas acciones. El canon se actualiza tomando como referencia la tasa de variación anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los Estados Unidos.
La suma de dinero que la Provincia perciba en concepto de canon por la concesión será distribuida de la siguiente manera:
• Un 30% a la conformación de un Fondo Fiduciario de Desarrollo Provincial Verde, destinado a financiamiento de equipamientos u obras que contribuyan a la mejora de las infraestructuras con fines económicos, urbanos y de saneamiento; la implementación de políticas sociales, sanitarias, educativas, hospitalarias, de viviendas o viales, en ámbitos rurales o urbanos; la satisfacción de obras y créditos generados por la realización de obras productivas y aquellas que tengan por objeto el desarrollo sustentable y la diversificación productiva, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
• Un 10% entre los Municipios, de acuerdo a los índices establecidos en el Anexo de la Ley de Coparticipación. Estos fondos deberán destinarse de forma exclusiva a financiar equipamientos u obras de infraestructura, con expresa prohibición de aplicar los mismos a gastos corrientes.
• El resto, se destinará al Tesoro Provincial.