Aumentarán las tasas municipales durante el 2020 según un índice de referencia





El oficialismo de JSRN se apresta a votar este lunes otra de las baterías de ordenanza en la cual será menester del Poder Ejecutivo Municipal, desde la Secretaria de Hacienda, a establecer mediante resolución, los valores mensuales de la Unidad Tributaria de Referencia (UTR), los cuales deberán ser publicados y puestos a disposición de los contribuyentes en las carteleras situadas en los edificios municipales.

Para actualizar los importes a abonar, serán determinados en la ordenanza impositiva 5327 y sus modificatorias, los cuales deberán ser incrementados hasta el tope determinado por la variación de la Unidad Tributaria de Referencia (UTR). Estas son

  • Índice de variación del salario municipal:  Refleja la variación en el tiempo de los salarios del personal municipal.  Se tendrá en cuenta las modificaciones de los haberes municipales, categoría 1.  Factor de ponderación 0.75 (75%)
  •  Índice precio del gasoil en el ejido municipal.  Se tendrá en cuenta la variación del costo promedio del gasoil grado 3 en surtidor en San Antonio Oeste.  Factor de Ponderación 0.25 (25%)

A fin de determinar los valores que entrarán en vigencia a partir del periodo enero 2020, aquellos importes actualizados con la ordenanza 5742/19, se incrementarán con la variación de la UTR para el periodo diciembre 2018-diciembre 2019.

El resto de los valores establecidos en la ordenanza 5327, serán actualizados hasta el tope determinado por la variación de la UTR, desde el periodo de su última actualización, en comparación con el periodo diciembre 2019.

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Por otra parte también aumentará el alumbrado público que se paga por tasa de servicios , también la Secretaria de Hacienda, deberá establecer mediante resolución, los valores mensuales del Índice de actualización de Tasa de Alumbrado Público, el cual deberá ser publicado y puesto a disposición de los contribuyentes en las carteleras situadas en los edificios municipales. Estos ídices de actualización serán:

  • Índice de Energía Eléctrica:  Refleja la variación en el tiempo del costo de la energía eléctrica utilizada en el alumbrado público.  Dicha variación resultara de los cuadros tarifarios publicados por la empresa distribuidora, para el tipo de consumo Alumbrado Público.  Factor de ponderación 0.75 (75%)
  • Índice de variación del salario municipal:  Refleja la variación en el tiempo de los salarios del personal municipal.  Se tendrá en cuenta las modificaciones de los haberes municipales, categoría 1.  Factor de ponderación 0.25 (25%)

Por otra parte, se suspende para el año 2020 la bonificación del 10% (diez por ciento) que se aplica en los casos en que la Tasa Retributiva o el Impuesto a los Terrenos Baldíos sean cancelados hasta la fecha fijada para su primer vencimiento.

Se mantienen los beneficios tributarios para la cancelación anticipada de los tributos determinados:

  • 30% (treinta por ciento) de bonificación por el pago anticipado de las 12 cuotas mensuales del año 2020, siempre que se cancele la obligación hasta el 10 de febrero de 2020.
  • 25% (veinticinco por ciento) de bonificación por el pago anticipado de las 12 cuotas mensuales, siempre que se cancele la obligación hasta el 10 de marzo de 2020.

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