Condenaron a 10 años y 8 meses de prisión por homicidio ocurrido en San Antonio Oeste





La Sala B de la Cámara Criminal de Viedma condenó a diez años y ocho de meses de prisión a Néstor Ramón Molina y declaró la responsabilidad de un menor por el homicidio calificado de Juan Carlos Arias, ocurrido en San Antonio en agosto del año pasado.

De esta manera, la Cámara coincidió con el pedido de pena formulado por la Fiscalía. El menor, en cambio, fue declarado responsable del delito, pero la audiencia de imposición de la pena se realizará cuando cumpla la mayoría de edad, en noviembre próximo.

Luego de la investigación, quedó probado que los condenados y la víctima habían tenido un altercado en una estación de servicios y este último se retiró junto a un acompañante en un automóvil. Entonces, Molina y el menor los persiguieron en una moto, se pusieron a la par y ultimaron al infortunado con un arma de fuego.

Además de las pruebas científicas, fue determinante el testimonio del acompañante de la persona asesinada.

En su fallo, la Cámara dio por probado los hechos y la mecánica del homicidio. Aunque fue el menor quien efectuó el disparo, el Tribunal realizó una pormenorizada reconstrucción de los sucesos, quedando claro que Molina “ha prestado una cooperación tal que se ha tornado necesaria a los fines de la consumación del hecho”.

La Sala B de la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción con asiento en Viedma estuvo integrada para este juicio por los jueces Marcelo Chironi, como presidente; Guillermo Bustamante y Ariel Gallinger, como vocales.

Para llegar a la sentencia, se llevaron a cabo tres audiencias de las que participaron Jueces, el Fiscal de Cámara Hernán Trejo, los abogados defensores Pedro Vega y Margarita Carriqueo, la Defensora de Menores Patricia Arias y los imputados. En dichas oportunidades prestaron declaración testigos ofrecidos por las partes, luego se pasó a la incorporación de la restante prueba documental y por último a la formulación de alegatos.

El Tribunal, oportunamente, había declarado nulos los alegatos de la Defensa del menor, que debieron ser reformulados.

El arribo a la condena se produjo a tan solo diez meses de ocurrido el homicidio, merced a la rapidez en la etapa de investigación que permitió formular la prueba necesaria. (Prensa Poder Judicial RN)

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