Contra el Grooming o ciber-acoso: una aplicación de celular se podrá utilizar en Río Negro





La Legislatura de Río Negro declaró hoy de interés social y educativo la aplicación para Smartphone denominada EMMA, diseñada por la ONG Mamá en líne@ con el propósito de concientizar y prevenir el GROOMING – CIBER ACOSO SEXUAL.
El proyecto fue una iniciativa de la legisladora Marta Milesi, quien contó con el acompañamiento de sus pares Silvana Larralde, José Liguen y Juan Elbi Cides del Bloque JSRN. Una vez en el recinto, la propuesta legislativa contó con el apoyo de todos los bloques. De este modo, se logró poner una vez más en la agenda legislativa el grooming o ciber-acoso.
Vale recordar que en el año 2014 la legislatura sancionó la ley 4986 de creación del programa de información, concientización y prevención del grooming (ciber acoso sexual), cuya finalidad es llegar con la información a todos los sectores de la sociedad, con el objetivo de proteger a los niños, niñas y adolescentes frente a estas prácticas delictivas.
El recomendar esta aplicación, permitirá que se divulgue la información acerca de los peligros del uso indebido -o incorrecto- de las tecnologías de la comunicación y del acceso y utilización de las redes sociales. Se trata de una herramienta que se descarga en los celulares desde google play, es gratuita, liviana y consiste en un folleto digital. Se ingresa a través de un menú de fácil acceso que permite conocer qué es el grooming, cómo se desarrolla, los peligros que conlleva para los jóvenes, cómo se puede prevenir y también incluye la posibilidad de discado directo del 0800 nacional para denunciar estos delitos en forma directa a organismos oficiales.
ACERCA DEL GROOMING
El delito denominado «grooming» constituye una nueva forma de acoso asociado a las plataformas digitales modernas, que a partir de conductas o comportamientos operados en internet tienen el objetivo de seducir a niños, niñas o adolescentes para lograr un acercamiento y así llevar a cabo el abuso sexual.
La Ley Nacional 26.904, sancionada en el año 2013, incorporó al Código Penal el delito denominado grooming o ciber acoso, a partir del cual se penaliza “con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Las nuevas herramientas en materia de comunicaciones, internet y redes sociales de variada oferta en la actualidad, son un espacio propicio para el desarrollo de este delito. Los «groomers»  llevan a cabo estas prácticas de ciber-acoso, a través de las redes sociales para entrar en contacto con sus potenciales víctimas. Mediante perfiles apócrifos, adulterados o falsificados ganan la confianza de niños o niñas que experimentan sus primeros contactos con las plataformas digitales de información y vínculo social, ya sea a través de Facebook, Twitter, Instagram o páginas de chats, entablan relaciones ficticias que paulatinamente van adquiriendo mayor intensidad.

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