La provincia y una familia ganaron un juicio a transporte Las Grutas: deberán pagar suma millonaria.

colectivo




El hecho ocurrió en el año 2012. El Juez Oyola le dio la razón a la madre de un joven que mientras estaba en el baño, apoyado el acrílico (no era vidrio) de la ventana, se apoyó en el mismo, se aflojaron los burletes y cayó en la ruta sin asfaltar cerca de Ingeniero Jacobacci y esto constituyó en una negligencia por parte de la empresa.

El joven quedó en estado grave tras golpear su cabeza en el suelo con secuelas graves “la ventana tenía una dimensión desproporcionadamente grande para el baño de un colectivo, además carecía del mantenimiento necesario” expresa el escrito judicial donde menciona  que el testigo observó que “cayó y golpeó su cabeza con la banquina derecha de la ruta… al llegar la ambulancia, el joven es trasladado al Hospital de Ing. Jacobacci donde llegó en gravísimo estado, y luego de estabilizarlo, fue derivado al hospital zonal Ramón Carrillo, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, donde ingresó a terapia intensiva con traumatismo de cráneo grave, hipertensión endocraneana, múltiples contusiones frontales y neumonía espirativa”.

Por su parte la empresa y la aseguradora siempre afirmaron que la ventana estaba en óptimo estado y que “el menor ingresó al baño del transporte junto a sus compañero mientras se empujaban jugando, y de ese modo lograron desprender la ventanilla de su sitio.- Refiere que el simple hecho de apoyarse en la ventanilla no provocó su desprendimiento, sino que ello se debió a los empujones y forcejeos de los jóvenes dentro del baño del colectivo”.

El damnificado viajaba con un equipo de fútbol que participaba de los zonales de los Juegos Evita.

Ante las secuelas que permanece en el joven y que serán de por vida, los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro también refrendaron lo del juez de primera instancia.

Es por ello que la sentencia, luego de revisadas todas las percicias correspondientes, estableció que por más de ocho millones de pesos deberá efectivizar a la familia del damnificado, además de las costas correspondientes a las partes intervinientes.

Asimismo a la provincia de Río Negro deberá abonarle lo que aportó en concepto de pago desde IPROSS por la atención médica.

Fueron sustanciales los peritos accidentológicos como también los peritos psicólogos para establecer la sentencia contra la empresa prestataria del servicios de transporte en la línea sur.

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