Ley Yolanda: funcionarios y políticos de SAO deben capacitarse en temáticas ambientales

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Los funcionarios municipales, electos y designados, deberán capacitarse en temáticas ambientales, si prospera el proyecto de ordenanza presentado por la concejala Vanesa Carmona con el acompañamiento de sus pares del Frente de Todos, que propone adherir a la denominada Ley Yolanda.

La norma 27.592 del 2020 lleva ese nombre en homenaje a Yolanda Ortiz, la primera secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de Argentina, cargo creado en 1973 por el presidente Juan Domingo Perón.

Tiene como objeto garantizar la formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático, para las personas que se desempeñen en la función pública, en sus distintos niveles y jerarquías en los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de la Nación. Para ello establece capacitación obligatoria en la temática.

Carmona explicó que “el cuidado del medio ambiente es una obligación irrenunciable de las autoridades, para garantizar una mejor calidad de vida para sus representados, asegurando el sostenimiento de actividades económicas fundamentales para el lugar, como son el turismo y la pesca. Por ello, los funcionarios para tomar decisiones que involucren al conjunto de la sociedad, deben poseer la mayor cantidad de información posible, para evitar o reducir situaciones no deseadas”.

En caso de aprobarse la norma deberán recibir esa capacitación los concejales, secretarios legislativos, asesores y secretarios de bloques. En el Ejecutivo, el intendente, secretarios, subsecretarios, directores, subdirectores, coordinadores, asesores y todo cargo designado por decreto del intendente. Y en Tribunal de Cuentas los revisores y el secretario.

Además, los jueces de Faltas, el contador municipal titular y adjunto, el defensor del Pueblo titular y adjunto, la junta electoral Municipal y los convencionales constituyentes.

El Poder Ejecutivo Municipal podrá firmar convenios con asociaciones de medio ambiente radicadas en el ejido municipal, para la planificación y dictado de la capacitación determinada en la presente ordenanza.

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