Operativo cerrojo municipal: quienes pueden ingresar y quienes no a partir de hoy a SAO, SAE y Las Grutas

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A PARTIR DE LA CONFIRMACIÓN PROVINCIAL DE CIRCULACIÓN DE COVID 19 SE ANUNCIAN NUEVAS MEDIDAS DISPUESTAS POR EL COMITÉ DE CRISIS DEL EJIDO SAN ANTONIO

– PODRÁN INGRESAR –
* Proveedores/Transportistas de alimentos RESIDENTES, dentro de las inmediaciones para abastecer a las poblaciones del ejido municipal. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previo a la entrega en comercios. (Entiéndase: carnes y pescado – frutas y verduras Alimentos no perecederos – Panificación – Bebidas) (Exceptuado DNU297/2020)
* Servicio de Caudales. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previo a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)
* Servicio de Correo Postal. Sometiéndose a la desinfección vehicular previa a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)
* Servicio de Distribución de Medicamentos. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)
* Transporte de Carga de combustibles. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa. (Exceptuado DNU297/2020)
* Transporte de Carga de la empresa ALPAT S.A. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa. (Exceptuado DNU297/2020)
* Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, bomberos, Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales, Personal de los servicios de justicia de turno; y trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa

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DEBERÁN PRESENTAR EL CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACION – CUHC- SIN EXCEPCIÓN

* Particulares residentes en el ejido que provengan de otras ciudades. Sometiéndose a la revisión febril, desinfección vehicular, con notificación a Salud Pública para la realización de Cuarentena Sanitaria Obligatoria.
* Particulares y vehículos de alquiler que requieran recarga de GNC. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa
* Particulares residentes con documentación que acredite actividad agropecuaria en el ejido (campos cercanos) RESPA ó RESNA OBLGATORIO. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa.
* Proveedores/Transportistas de FRUTAS Y VERDURAS, radicados en otras localidades podrán arribar los días MARTES, JUEVES y SÁBADOS. Se coordinará la descarga de mercadería con comerciante local previa desinfección vehicular, sólo en horario de 08:00 a 13:00 horas. Contará con supervisión de la Subsecretaria de Comercio. El chofer no podrá descender del vehículo en ninguna circunstancia, y deberá retirarse tras la descarga.

– NO PODRÁN INGRESAR –
* Proveedores/Transportistas de distintos rubros comerciales exceptuados, radicados en otras localidades. Se coordinará trasbordo de mercadería con comerciante local en predio dispuesto, previa desinfección vehicular, sólo en horario de 08:00 a 15:00 horas.
* Particulares no residentes en el ejido.
** Ante casos particulares de atención a familiares adultos mayores, deberán contactar a la Red Solidaria Municipal (02920- 476321), que realizará la asistencia, pero No podrán ingresar a las ciudades.

-CIRCULACIÓN VEHICULAR –
MEDIDAS VIGENTES PARA ACCESOS Y PLANTAS URBANAS

* Se restringe la circulación de personas en vehículos particulares a dos (2) persona.
* Se restringe la circulación de personas en vehículos de alquiler – TAXIS- a dos (2) pasajeros.
**En caso de que se transporte a niño/a o adultos mayores, deberá justificarse razón de atención médica y/o causa de fuerza mayor.

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