Sobre la memoria presentada por el contador Young (carta de lectores)

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Sr. Director. Como propietario de la Parcela 06 de la Manzana 167 del Loteo Bahía Mansa y luego de leer la “Memoria Descriptiva de lo Actuado por la Secretaría de Hacienda de San Antonio Oeste – 03-08-2017 / 14-04-2018“presentada por el Cr. Eduardo Young luego de su renuncia al cargo de Secretario de la misma, quiero expresar dos comentarios:

.- Primero felicitar al Contador Young por el informe detallado de las acciones cumplidas por el organismo durante su gestión; considero que es algo que deberían imitar todos los funcionarios responsables de las áreas de gestión municipal como así también los que ocupan cargos electivos(concejales, Intendente y Revisores de Cuentas), o sea rendir cuentas a los ciudadanos de lo hecho durante su mandato, puesto que en definitiva son los que les pagan sus haberes (mediante el pago de impuestos, tasas, etc.).

.- Segundo, en cuanto a lo realizado por el Cr. Young durante su gestión, quisiera hacerle algunas salvedades en lo realizado sobre “Tasas por Servicios” con el loteo “Bahía Mansa”, respecto a este tema el Cr. expresa: “. . . la Secretaría inició una serie de negociaciones con grandes deudores históricos del Municipio tales como el loteo «Bahía Mansa», la urbanizadora Golfo San Matías S.A. y otros, deudores que están regularizando actualmente su situación. Estas gestiones fueron requiriendo el impulso de sendas Ordenanzas cuyos proyectos elaboró la Secretaría.”(Sic).

En cuanto a las tasas que se le cobran a este loteo son indebidas, al menos hasta el 10 de octubre del 2017, pues hasta esa fecha la Municipalidad no debería haber autorizado el Registro Definitivo del Plano de Mensura del loteo Bahía Mansa, por no cumplir con lo establecido por la Ordenanza Municipal 1735, Art.1, inc. a, b y c. (red de distribución domiciliaria de energía eléctrica subterránea, red de distribución domiciliaria de agua potable, red de alumbrado público) y Art. 2 ( todos estos servicios debían ser aprobados por la autoridad de aplicación – EDERSA y ARSA-), esto no ocurrió hasta fines de mayo 2016 (EDERSA), alumbrado público a partir de agosto 2017(solicitado por Municipalidad a EDERSA) y agua potable por red en octubre 2017 (ARSA). Pero ante notas presentadas por el responsable del loteo el 06 de enero de 2015, donde solicita a la Dirección de Catastro y Topografía-Secretaría de Planificación Municipal- que de la autorización a la Gerencia de Catastro de la Provincia para la registración definitiva del Plano de Mensura 523-11 (Loteo Bahía Mansa) y a su vez se compromete a que en un plazo de 90 días completar las obras faltantes exigidas por EDERSA y ARSA para la prueba y aceptación de dichas redes. Inexplicablente a las 48 hs. (08 de enero) la Dirección de Catastro y Topografía envía nota a la Gerencia de Catastro de la Provincia autorizando el registro definitivo del Plano de Mensura 523-11 por cumplir con los requisitos exigidos por la Ordenanza Municipal Nro. 1735. Por tal motivo creo que se debería haber realizado una intimación y/o multa al responsable del loteo por no cumplir con el compromiso asumido; pues no considero justo que yo esté pagando las tasas correspondientes al periodo 02/2015 al 10/2017 por un accionar irregular de un organismo de ese municipio, y sobre la tasa por alumbrado público, se me debita de la factura de EDERSA desde el momento que me prestó el servicio domiciliario (mayo 2016), siendo que este recién se comenzó a prestar en agosto de 2017.

La segunda salvedad que le hago al Cr. Yuong, es que los restos óseos de los Pueblos Originarios encontrados en el área del loteo, fueron ubicados en la Manzana 169 en un en un “Chenke”o “elutuwe” (lugar sagrado para la memoria de los Pueblos Originarios).

Cordialmente. Hernán C. Vacas (DNI 5.388.230). Av. Costanera 1255. Las Grutas


Todas las cartas de lectores se plasman sin cortar, ni corregir. Las mismas son responsabilidad de quienes las firman y no reflejan la línea editorial de este medio digital.

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