Carta documento: el Gobierno municipal respondió al Concejo Deliberante





El ejecutivo rechazó la acusación del presidente del cuerpo legislativo “carece de sustento fáctico jurídico ya que los artículos de la Carta Orgánica direcciona a su antojo la interpretación de los artículos como el del reglamento interno, forzando a su favor los mismos para suplir el grave error que cometió en plena sesión convocada al efecto solo de aprobar o no la resolución legislativa” da a entender que aplazaron la aprobación a propósito.

Menciona que el intendente municipal utiliza las facultades legislativas solo por excepción, en caso de necesidad y urgencia “para ello requiere la convocatoria a sesión extraordinaria para el tratamiento de la misma dentro de los 5 días, operando ese plazo como máximo en donde se tiene que proceder al rechazo o aprobación” insisten los abogados municipales en el artículo 92 del propio manejo interno del deliberante señala puntualmente como deben proceder los ediles.

Expresa de manera tajante sobre el presidente de la legislatura comunal “obténgase de infundadas denuncias, quien está en falta con el pueblo de San Antonio, Las Grutas y el Puerto es usted por no conocer siquiera las normas que reglamentan su ejercicio”.

Además el ejecutivo invita a que realice el trámite formal en la justicia ordinaria para que haya una declaración de certeza respecto a lo expresado por el Concejo Deliberante.

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