Casadei firmó decretos para obra de cordón cuneta, desagües pluviales y llamado de registro de oposición obra de gas

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El Intendente Adrián Casadei firmó el Decreto N° 966/2020 que promulga la Ordenanza N° 6012, que declara de interés público y pago obligatorio la obra de cordón cuneta y badenes de desagües pluviales en San Antonio Oeste, conforme el detalle de las calles afectadas que a continuación se detallan:

  • Al Norte las vías del FFCC, a la Sur calle Isaur Ernesto Ader, al Este calle Velero Calcagno continuación con Argentino Perez continuación con Juan Manuel de Rosa y al Oeste con calle Moreno. Manzanas 515, 516, 517, 518, 519, 525, 526, 527, 528, 529, 535, 536, 537, 538, 539, 545, 546, 547, 548, 549, 555, 556, 557A, 557 B, 558A, 558B, 559A, 569A, 569B, 576, 601, 602A, 610, 611, 612, 613, 614, 615, 620, 621, 622, 623, 624, 630, 631, 632, 633, 634A, 634B, 640, 641, 642, 643A, 643B, 644A, 644B, 650, 651, 652, 653, 660, 661.
  • Al Norte la Avda. Islas Malvinas, a la sur calle Intendente Francisco San Martín, al Oeste calle Quintana y al Este calle Moreno. Manzanas 530, 531, 532, 533, 534, 540, 541, 542, 543, 544, 550, 551, 552, 553A, 553B, 554.-

El valor del metro lineal de frente de cordón cuneta se fija en la suma de tres mil ciento cincuenta pesos ($3.150,00).

La obra se desarrollará por etapas, comprendiendo la primera de ellas la calle Tierra del Fuego entre Moreno y Lavalle. En las etapas subsiguientes, el valor del metro lineal surgirá de actualizar el valor determinado, con la variación del costo de la construcción, publicado por la obligación del pago nacerá con el comienzo de obra, determinado por la Secretaría de Planificación y Desarrollo Urbano.

Se establecen las siguientes formas de pago:

  1. a) Contado, con un 10% de descuento.
  2. b) Entrega inicial y saldo en cuotas a convenir según incisos
  3. c) – e) o f).
  4. c) 3 (tres) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas sin interés.
  5. d) 6 (seis) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 20% sobre el costo total de la obra a abonar.
  6. e) 12 (doce) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 40% sobre el costo total de la obra a abonar.
  7. f) 18 (dieciocho) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 55% sobre el costo total de la obra a abonar.

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Los terrenos esquineros tendrán una bonificación correspondiente a 12,50 metros de cordón cuneta.

Serán responsables del pago de la contribución por mejoras, los propietarios, copropietarios, poseedores a título de dueño, adjudicatarios, preadjudicatarios de las parcelas con frente a las calles antes mencionadas.

Quienes no hayan manifestado, oportunamente su voluntad de acogerse a ninguno de los planes de pago propuestos en el llamado a Registro de Oposición, se los incluirá en la modalidad de pago de 6 (seis) cuotas con el recargo correspondiente.

LLAMADO A REGISTRO DE OPOSICIÓN PARA OBRA DE GAS

El Intendente Adrián Casadei firmó el decreto 965/2020 que promulga hoy la Ordenanza N°6011/2020, que establece el llamado a registro de oposición para que los contribuyentes obligados al pago, afectados por la obra de Ejecución de Red de Gas Natural puedan manifestar su oposición a la misma en el término de 10 (diez) días corridos a partir de su publicación. Los interesados, podrán presentarse en la Subsecretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de San Antonio Oeste, sito en Belgrano N° 1990 de SAO.

Recordemos que se encuentra vigente la ordenanza del Fondo para las redes de gas – FONGAS, que dispone partidas presupuestarias para la ejecución de obras, sin incluir el servicio domiciliario, cada frentista deberá tener ejecutada la instalación interna y aprobada por la empresa Camuzzi.

Cabe destacar que el monto estimado de la obra de ejecución de red de gas natural es de cinco millones ochocientos setenta y tres mil quinientos ochenta y seis con 00/100 $5.873.586 sobre los metros detallados en el anexo.

La base de cálculo del valor a abonar por cada frentista surgirá de la división del valor total de la obra dividido por todos los beneficiarios, a través de la siguiente modalidad de pago:

  1. Contado.
  2. El monto que resulte del inciso a) con un recargo del diez por ciento (10%) final dividido en una entrega del treinta por ciento (30%) y el saldo en cuatro (4) cuotas iguales mensuales y consecutivas.
  3. El monto que resulte del inciso a) con un recargo del veinte por ciento (20%) final dividido en cinco (5) cuotas iguales mensuales y consecutivas.
  4. El monto que resulte del inciso a) con un recargo del treinta por ciento (30%) final dividido en doce (12) cuotas iguales mensuales y consecutivas.
  5. El monto que resulte del inciso a) con un recargo del sesenta por ciento (60%) final dividido en veinticuatro (24) cuotas iguales mensuales y consecutivas.

Los contribuyentes obligados al pago son los titulares de dominio de los inmuebles, los usufructuarios, los poseedores de los títulos, los titulares de derecho real de uso y goce sobre inmuebles, los preadjudicatarios y adjudicatarios de lotes fiscales frente a las calles afectados por la obra.

Aquellos contribuyentes que en el plazo de 30 (treinta) días de sancionada la presente no optarán por ninguna de las opciones anteriores, quedarán incorporados a la opción del inciso d) del Artículo 3º.

A continuación se detallan los frentistas que deberán pronunciarse, en caso de así desearlo.

Anteproyecto N° 13-001919-00-18 – Obra de no magnitud S/85 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001783-00-18 – Obra de no magnitud S/55 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001795-00-18 – Obra de no magnitud S/260 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001880-00-18 – Obra de no magnitud S/60 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001938-00-19 – Obra de no magnitud S/180 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001967-00-19 – Obra de no magnitud S/435 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001922-00-19 – Obra de no magnitud S/160 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001941-00-19 – Obra de no magnitud S/30 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001907-00-18 – Obra de no magnitud S/360 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001994-00-20 – Obra de no magnitud S/110 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001893-00-18 – Obra de no magnitud S/42 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-002011-00-20 – Obra de no magnitud S/250 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001807-00-18 – Obra de no magnitud S/475 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-001976-00-19 – Obra de no magnitud S/67 metros de Red de Gas; Anteproyecto N° 13-002005-00-20 – Obra de no magnitud S/85 metros de Red de Gas

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