Código Urbano Terriotorial de San Antonio Oeste: debatirán cambiar algunos artículos de la ordenanza

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En octubre del año 2018, la anterior legislatura comunal, votó y actualizó el código urbano territorial. Esto se debió a que el Superior Tribunal de Justicia dio la razón a los denunciantes que por presentaciones ante el poder judicial indicaron que el que se votó “entre gallos y medianoche” un 23 de diciembre de 2015 establecía pautas de uso, manejo y construcción dentro de las tres plantas avanzaba sobre áreas naturales protegidas, posibilitando crear urbanizaciones sobre sectores de humedales y otras zonas amparadas por leyes que buscan salvaguardar el equilibrio ecológico. Fundamentalmente, la franja costera ubicada antes del ingreso a Las Grutas y otras que se hallan en el Puerto.

En la sentencia señalaba STJ que “el municipio avanza sobre la protección del medio ambiente en exceso de su propia jurisdicción, interfiriendo con las competencias constitucionales de la Provincia de Río Negro, asistiéndole razón a la accionante en cuanto a que la normativa en crisis es contraria al piso protectorio dispuesto a través de la Constitución Provincial” y otras normas.

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Es por ello que, en un período, desde el 2017 hasta el 2018, por decreto de Luis Ojeda, regresaron al anterior Código hasta tanto se establezca uno nuevo, del cual también encontraron, técnicos y ambientalistas, en varios artículos, desprolijidades respecto a la cuestión ambiental.

El Intendente Adrián Casadei, decidió que, se estudie cada artículo que colisiona con la Ley Provincial y se cambien para que sean coincidentes.

En la última reunión celebrada señalaron que no entienden como los anteriores concejales, no dieron cuenta como esos artículos violaban la norma de las áreas protegidas, cuya zonificación estaban prestablecidas por la Ley.

El código urbano territorial, es una de las principales herramientas legales, del desarrollo urbanístico.

Asimismo, tras la reunión celebrada, donde nuevamente convocaron a los equipos técnicos, estos últimos destacaron que la convocatoria para debatir es el camino. En eso, la ordenanza contendrá que el Consejo de Planificación sea restituido nuevamente.

En el mismo contexto, se busca reflotar o bien poner de manifiesto nuevamente la ordenanza regulatoria de la puesta en vigencia del plan rector, elaborado por el arquitecto Diego Capandeguy en el 2005.

Recordemos que aquel proyecto establecía líneas de acción precisas para el ordenamiento territorial y el desarrollo armónico del ejido, el plan tenía un fin específico en el crecimiento futuro que no se cumplió.

Capandeguy establecía diferencias entre el urbanizado, el potencialmente urbanizable, recomendaba habilitar para su fraccionamiento de naturaleza urbana o suburbana. El municipio habilitaba como suelo urbanizado, si se cumplían una serie de requisitos de perfeccionamiento dominial, administrativos y de acciones concretas de urbanización, lo que no ocurrió posteriormente.

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