Incorporan una nueva tasa municipal a prestadores, comercios y la gastronomía del ejido sanantoniense





Por mayoría el Concejo Deliberante aprobó la Implementación del Régimen Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos para Grandes Generadores en San Antonio Oeste, Las Grutas y Puerto del Este.


En un esfuerzo por promover prácticas ambientales responsables y cumplir con los preceptos establecidos en el Artículo 4º de la Constitución Nacional y la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental «Gestión de Residuos Domiciliarios» Nº 25.916, la ciudad de San Antonio ha establecido un Régimen Municipal de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) para grandes generadores. Esta normativa complementaria busca regular la gestión de los residuos sólidos urbanos o asimilables, abarcando una amplia gama de actividades y establecimientos en el ejido municipal.

Según lo dispuesto en la ordenanza, se consideran RSU a aquellos elementos, objetos o sustancias generados como subproductos de los procesos de consumo domiciliario y actividades antrópicas. Se dividen en reciclables (secos, recuperables) y no reciclables (húmedos, no recuperables). La corriente de residuos reciclables incluye elementos como vidrio, plásticos, metales, papeles y cartones, mientras que la corriente de residuos no reciclables abarca desechos orgánicos como alimentos, huesos, pieles, entre otros.

La ordenanza establece que las disposiciones serán aplicables a aquellos generadores de RSU o asimilables en todo el ejido municipal de San Antonio. Se consideran grandes generadores a personas humanas o jurídicas, públicas o privadas, que generen mensualmente residuos en cantidades superiores a 3 m3 y cuya gestión integral no esté regulada por normas específicas.

Entre los grandes generadores sujetos a esta normativa se encuentran hoteles, edificios bajo régimen de propiedad horizontal, complejos turísticos, alojamientos turísticos, paradores, carros gastronómicos, campings, restaurantes, bancos, supermercados, industrias, entre otros.

Las obligaciones de los grandes generadores incluyen la adopción de medidas para disminuir la cantidad de RSU generados y la correcta separación y clasificación de los residuos en origen, diferenciando entre reciclables y no reciclables.

La Autoridad de Aplicación, compuesta por la Agencia de Protección Ambiental, Secretaría de Servicios Públicos y la Agencia de Recaudaciones Municipal, establecerá mecanismos para el transporte de los RSU recuperables hacia centros de acopio y acondicionamiento.

En cuanto a la gestión económica de esta normativa, se incorpora la Tasa de Grandes Generadores a la Ordenanza Impositiva y Fiscal existentes. La tasa se ajusta al volumen estimado de generación, siendo cero para actividades que generan menos de 3 m3 mensuales y aumentando gradualmente hasta 10 USAM mensuales para actividades con una generación estimada superior a 20 m3 mensuales. (Valor actual de cada USAM 14500 pesos)

Para garantizar la correcta administración de los fondos, se encomienda a la Secretaría de Hacienda crear una partida de recursos específica.

Con esta ordenanza, la ciudad de San Antonio busca impulsar prácticas sostenibles, fomentar el reciclaje y reducir la generación de residuos, promoviendo así un entorno más saludable y respetuoso con el medio ambiente.

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