Juntas médicas para los municipales: Casadei firmó convenio con Provincia





Se firmó un convenio de colaboración entre la Secretaría de la Función Pública y la Municipalidad de San Antonio Oeste. Habrá servicio de prestación médica laboral en el “sistema de juntas médicas” en Viedma para quienes cumplen funciones como agente en la comuna sanantoniense.

En el convenio, el Municipio será el encargado de trasladar el personal hasta dicha localidad, algo que preocupaba a los gremios locales.

Se realizará en la localidad de Viedma ya que en el acuerdo estipula que no generará gastos ni requerirá de más personal en la Coordinación de Juntas Médicas de Viedma, asimismo se comunicó a los Organismos de Control, la Secretaría de la Función Pública y Fiscalía de Estado que el Decreto es confirmado por el ministro de economía Luis Vaisberg y por la gobernadora Arabela Carreras.

Que dice el convenio

  • Cooperación a fin de implementar desde la Secretaría de la Función Pública y a partir de la firma, el servicio de medicina laboral que realiza el Sistema de Juntas Médicas en la localidad de Viedma para los agentes que cumplen funciones en la Municipalidad de San Antonio Oeste.
  • El municipio designa a la señora María Fernanda Morales como encargada de solicitar los turnos para realizar juntas médicas al personal dependiente de la municipalidad.
  • Se designa al Sr. Néstor José Enrique Wagner como el encargado de gestionar los turnos médicos en conjunto con el referente del municipio de San Antonio.
  • El municipio hará uso del servicio de juntas médicas en lo pertinente a la revisión y dictamen de enfermedades por largo tratamiento de los empleados del Provincia de Río Negro.
  • El servicio de juntas médicas se prestará en la Sede de la Junta Médica Zona Atlántica, sito en calle Sarmiento N° 543 de Viedma.
  • El municipio será el encargado de trasladar por su cuenta al personal hasta la localidad de Viedma para la realización de la junta médica, cuando así lo requieran las circunstancias del caso.
  • Cada parte deberá dictar el acto administrativo que apruebe el presente convenio, notificando del acto a la otra parte y tendrá vigencia por un año a partir de la ratificación del mismo, pudiendo renovarse previa; manifestación fehaciente de voluntad de las partes y acuerdo sobre los términos del mismo.

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