Preocupa a la multisectorial los conceptos del Director Nacional de “Producción Minera Sustentable”





La Comisión Multisectorial detalló al Intendente Municipal Adrián Casadei, mediante nota fechada el 28/04, los aspectos más preocupantes del convenio recientemente suscripto por la Municipalidad y la Provincia con la Secretaría de Minería de la Nación, acuerdo al que consideramos un retroceso inadmisible en el proceso hacia la remediación de los terrenos contaminados por pasivos ambientales mineros en San Antonio Oeste.

El Intendente trasladó la nota de la Multisectorial al Secretario de Minería, Alberto Hensel, y obtuvo una respuesta del Director Nacional de Producción Minera Sustentable (sic), Alberto Capra, que se nos comunicó el pasado 13 de mayo.

La cantidad de los elementos que deben señalarse sobre los conceptos vertidos por el Sr. Capra nos obliga a generar diversas entradas en este blog. En esta primera entrada nos parece sustancial referirnos a la más peligrosa de todas las consecuencias del convenio ya referido.

1- Sobre la desaparición de la obligación de remediar los terrenos contaminados en el Frente La Estanciera y el Frente El Autódromo.

El Lic. Capra manifiesta en su nota: “Sucede que en 2018 y 2019, a través de Adendas al contrato original con Taym, las Partes, incluyendo la propia Comisión Multisectorial, resolvieron dilatar para otros momentos la situación relativa a la eliminación definitiva de los suelos contaminados de las calles y veredas, como la de   la situación de áreas de “El Autódromo” y “La Estanciera”. (…)

Al respecto, parece ser necesario aclarar: La Comisión Multisectorial es una organización social, un grupo de vecinos e instituciones de la comunidad. No tiene, ni tuvo nunca, la capacidad de “resolver” lo que una empresa contratada por el Estado tiene que hacer o dejar de hacer.  Precisamente porque no tiene esa capacidad es que en 2018 presentó ante el Juzgado Federal de Viedma,  con el aval de más de mil vecinos de San Antonio Oeste,  una acción de amparo contra el Estado Nacional (…) y  la empresa TAYM S.A, (…) , con el objeto de que se les ordene que continúen con las tareas de remediación de las zonas contaminadas con plomo y otros metales pesados en San Antonio Oeste -provincia de Río Negro- hasta alcanzar la total remediación de las zonas contaminadas.

La Comisión Multisectorial nunca fue una de “Las Partes”; nunca “resolvió” nada en relación con la obra o con la empresa, y de ninguna manera puede haber decidido dilatar aquello que desde hace tres años reclama en la Justicia, lo mismo por lo que lucha desde hace 16 años, y precisamente lo mismo por lo que estamos luchando en este mismo acto.

Imploramos a las autoridades mineras que revisen los antecedentes del proceso, y puntualmente las actuaciones en el Expediente del Amparo.  De haberlo hecho en su momento tal vez habrían evitado sus “erróneas interpretaciones de las resoluciones del Juzgado Federal” que generaron demoras inauditas en la remediación y pérdidas millonarias al erario público.  Si conocieran mejor los antecedentes, podrían evitar también las erróneas interpretaciones en los roles de cada uno de los actores del proceso, y puntualmente los de la Comisión Multisectorial.

Pero puede leerse en la nota suscripta por el Lic. Capra: “Esta Administración no puede de ninguna manera deslindarse de la responsabilidad de dichos sitios, que serán intervenidos por Taym S.A. o, en su defecto, por terceros; pero al fin, resueltos de manera tal de propender a la solución definitiva de los aspectos asociados con la salud y con el bienestar de la comunidad.”

Lamentablemente los comentarios de un funcionario en una nota cualquiera no constituyen compromiso institucional alguno para el Estado Nacional. Pero si sus aseveraciones respecto de las intenciones, posibilidades y decisiones de la Secretaría de Minería, fueran ciertas, no debería haber impedimento alguno en volver a escribir el acuerdo para incluir el compromiso de REMEDIAR EL TOTAL DE LOS SITIOS CONTAMINADOS EN SAN ANTONIO OESTE, tal como aparecía en el Convenio de 2016.

Priorizando la salud de los vecinos por sobre cualquier otra consideración, esto es lo que deberían solicitar las autoridades municipales y provinciales.

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