Remediación de plomo contaminante «hay un nuevo y grave retroceso» señala la Multisectorial

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Tal como se reportó oportunamente, el pasado 11 de marzo la Multisectorial fue invitada a participar de una reunión en la que el Secretario de Minería de la Nación, Alberto Hensel, proporcionaría información acerca de los avances del proceso para la remediación remanente en San Antonio Oeste, y en particular la remediación de calles y veredas en el Frente de La Fundición, las que presentan en superficie niveles de concentración de plomo y otros metales pesados hasta  300 veces más altos que los valores de referencia para suelo de uso residencial.

Sin embargo, en la reunión sólo se repasaron superficialmente distintas ideas en cuanto al destino del suelo contaminado a remover, todas ellas ya planteadas en algún momento del proceso, y totalmente diferentes en términos de costos y tiempos, sin referencia alguna a plazos, proyectos o presupuestos concretos. Se mencionaron como sitios de disposición final para el material que excediera la capacidad de la celda existente en Mancha Blanca:

  • Una nueva celda a ejecutar en Mancha Blanca
  • La celda existente en Catriel, puesta a disposición por el Gobierno Provincial.
  • Otros que pudieran surgir (y surgió más tarde la posibilidad de trasladarlo a la ex Mina Gonzalito, en el marco del Plan de Cierre de Minas).

El funcionario nacional manifestó en la oportunidad que se habían “preservado los fondos y recursos del presupuesto para darle continuidad al Proyecto”, agregando en otro tramo de su alocución  que “no hay un problema presupuestario; lo que se busca es salir de la situación actual para proteger la salud de la población. En tal sentido, la próxima semana se citará a la empresa para terminar la negociación”, manifestó.

Según información proporcionada posteriormente por la propia Secretaría de Minería, el 18 de marzo efectivamente mantuvieron una reunión con la empresa Taym, “a los efectos de discutir las tareas y actividades que comprenderán la Adenda 4 al citado Contrato y los precios cotizados por la firma Taym S.A. por las mencionadas tareas y actividades,”  a saber:

I. Cierre de la celda de seguridad en Mancha  Blanca.

II. Tareas de remoción, transporte y disposición final de escorias y suelos contaminados en  las Calles y las Veredas de las Manzanas 383 y 384 del área identificada como “Pila Ex Fundición”  en el casco urbano de San Antonio Oeste.

Resultó de la reunión, siempre según información proporcionada por la Secretaría de Minería que la propuesta económica preliminar presentada por la  firma supera notablemente las estimaciones realizadas por el equipo de la Secretaría”.

No resulta muy claro cómo puede hacerse una estimación presupuestaria para ejecutar una obra cuyas indefiniciones pueden significar condiciones tan disímiles como transportar material contaminado a 90 kms, a 220 kms, o a 1100 kms;  la necesidad de construir una nueva celda o no, o incluso la necesidad de remediar un lugar que presenta una contaminación muchas veces más grande que la que tenía originalmente San Antonio, como es el caso de Mina Gonzalito.  Con diferencias tan groseras, los presupuestos también resultarían groseramente diferentes. Por supuesto, igualmente disímiles resultarían los plazos que insumiría la obra.  Pero la indeterminación en cuanto al sitio de disposición es, todavía, manifiesta y explícita.

SOBRE LOS FONDOS NO REINTEGRABLES APORTADOS POR EL BID

Probablemente lo más sorprendente en esta Adenda 4 es que en su ARTÍCULO 4° especifica:

“La contratista deberá actualizar mediante un informe ad hoc, el estado de situación  ambiental en el que se encuentran las Pilas identificadas como “La Estanciera Pila 1” y “La  Estanciera Pila 3” (cuya intervención ya ha sido ejecutada), debido a las alteraciones que pudieran  haber sufrido y/o contaminación superficial ocasionada por las escorrentías del agua de lluvia y los  vientos propios del lugar. Asimismo, la contratista realizará un informe del estado de situación ambiental de las áreas identificadas como “La Estanciera Pila 2” y Pila “El Autódromo. Estos informes completarán los documentos de conformidad de obra confeccionados y aprobados en fecha 9 de mayo de 2019.”

Sucede que esta tarea la estaba llevando adelante la firma Neoambiental, contratada por el BID –Banco Interamericano de Desarrollo-  en el marco de una Cooperación Técnica No Reembolsable  (esto es, libre de gastos para el Estado), según acuerdos firmados en 2019 entre la Nación y el Banco.  La Cooperación Técnica, con una asignación presupuestaria de u$s250.000.- manejados exclusivamente por el  Banco, preveía además de la determinación de la Línea de Base encargada a Neoambiental, la elaboración del Proyecto Ejecutivo para la llamada Fase II de la Remediación, esto es la remediación de las pilas y suelos contaminados de “El Autódromo” y  “La Estanciera”, cuyo destino ahora se desconoce, así como el de los fondos asignados.

Sería realmente importante que la Secretaría de Minería de la Nación clarificara la situación con respecto al Proyecto de Cooperación Técnica y las razones por las cuales resolvió contratar a Taym – aunque sin haber podido hasta el momento cerrar la negociación de precios- cuando la misma tarea estaba siendo desarrollada sin cargo para el Estado por una firma con credenciales más que suficientes, contratada por el Banco Interamericano de Desarrollo en el marco de una Cooperación Técnica que había asignado u$s250.000.- (doscientos cincuenta mil dólares) para la remediación en San Antonio Oeste.

UN NUEVO ACUERDO

En este contexto de indeterminaciones y retrocesos, la Secretaría de Minería propone la suscripción de un Acuerdo y lo presenta -con las firmas de la Provincia y la Municipalidad- ante el Juez que la había intimado a proporcionar respuesta concreta respecto de la remediación ordenada por la Jueza Filipuzzi en 2018, incumplida hasta el presente.

Pero la única respuesta proporcionada por la Secretaría de Minería es este documento innecesario e irrelevante a los fines de la remediación, que comunica que todos están de acuerdo en “avanzar” hacia la remediación, sin especificar cómo, cuándo o con qué, pero hacerlo respetando los protocolos COVID interpuestos por la Nación, la Provincia y el Municipio.

Como obligación concreta de la Nación: “Gestionar los recursos necesarios para el financiamiento del Proyecto Ejecutivo y de las Obras de Remediación de las Calles y Veredas de las Manzanas 383 y 384, en el área identificada como “Pila Ex-Fundición”. Gestionar, por supuesto, no garantiza ningún resultado. Pero además contradice la aseveración del Secretario de Minería sobre haber “preservado los fondos y recursos del presupuesto para darle continuidad al Proyecto”.

SE DEROGA EL ACUERDO MARCO DE 2016

De cualquier manera, la peor noticia viene con la cláusula OCTAVA del Acuerdo:

“El presente Acuerdo reemplaza el Acuerdo Marco de Cooperación entre la entonces Secretaría de Minería del ex Ministerio de Energía y Minería de la Nación, la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de San Antonio Oeste, suscripto el 27 de julio de 2016.”

La muy escasa y relativa obligación asumida en el nuevo Acuerdo por el Estado Nacional en cuanto a obras de remediación se relaciona exclusivamente con el Frente de La Fundición, de modo que al derogar el  Acuerdo de 2016, desaparece el compromiso del Estado Nacional para con la remediación del resto de los sitios contaminados en San Antonio Oeste, que siguen dispersando contaminantes en el ambiente y exponiendo a las personas al riesgo de intoxicación.   [L1] 

Así las cosas, este Acuerdo vino a eliminar algunos de los compromisos del Estado Nacional, diluir otros y dilatar plazos ad-infinitum para todos.

Definitivamente, “proteger la salud de la población” no era el objetivo.

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