Río Negro en consonancia con Nación establece cuarentena obligatoria y más restrictiva

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La gobernadora, Arabela Carreras, participó de la reunión encabezada por el presidente Alberto Fernández, junto a todos los mandatarios provinciales y el jefe de Gobierno de CABA para analizar la situación del país ante la pandemia de Coronavirus.

En el encuentro desarrollado en la Residencia de Olivos, el Jefe de Estado y los gobernadores repasaron los distintos aspectos relacionados con la cuestión sanitaria del país y las medidas que se están tomando para evitar la propagación de la enfermedad en territorio argentino.

“Estuvimos junto al Presidente de la Nación y los gobernadores de las provincias analizando la situación sanitaria actual del País y las políticas que se llevarán adelante para hacer frente a la Pandemia”, manifestó Carreras a través de Twitter culminado el encuentro.

innEn el marco de la gravedad de la situación, la Gobernadora rionegrina resaltó la importancia del trabajo en conjunto entre Nación y las Provincias para enfrentar a esta pandemia mundial, que tendrá severas consecuencias para el país.

Un nuevo decreto

Restringir hasta el 31 de marzo a toda persona que no tenga domicilio en la provincia de Río Negro, con las excepciones que se indican a continuación, las cuales deberán ser debidamente acreditadas:

  1. a) Desplazamientos al lugar de trabajo para efectuar prestaciones laborales o profesionales en los casos de servicios esenciales declarados como tales por las autoridades nacionales o provinciales (ejemplo: fuerzas de seguridad, personal de salud pública y/o privada).-
  2. b) Personas que deban asistir a un familiar (cuidado de mayores, menores y dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables), circunstancia que deberá ser justificada por la autoridad policial competente.-
  3. c) Asistencia a centros sanitarios, con las restricciones que imponga la autoridad sanitaria provincial.-
  4. d) Transporte de productos esenciales tales como alimentos, medicamentos, combustibles, productos de higiene personal y limpieza, e insumos necesarios para la elaboración de tales productos. La presente enunciación no es taxativa.
  5. e) Transporte interjurisdiccional público de pasajeros. Las unidades de transporte no podrán arribar a las terminales ubicadas en la provincia ni realizar paradas en ningún punto del territorio provincial, excepto para el descenso de personas domiciliadas efectivamente en territorio provincial.-
  6. f) Transporte de cargas en general, al solo efecto del tránsito o paso por la provincia y por el tiempo necesario para efectuar el recorrido correspondiente. Las unidades de transporte no podrán realizar paradas en ningún punto del territorio provincial. Queda restringido el ingreso a la provincia de Río Negro del transporte de cargas internacional proveniente en forma directa de otros países.-

ARTÍCULO 2°.- La medida dispuesta en el artículo precedente podrá ser exceptuada por la autoridad policial competente, mediando justificación fehaciente.-

ARTÍCULO 3°.- La Policía de la Provincia de Río Negro será la encargada de hacer cumplir la medida adoptada en el Artículo 1° del presente Decreto. Sin perjuicio de ello, se requerirá al Poder Ejecutivo Nacional la colaboración de las fuerzas de seguridad federales con sede en la provincia.-

Carreras indicó en los considerandos que «ante la situación de emergencia frente a dicha pandemia, se torna indispensable reforzar al máximo las medidas preventivas, que tienen que ver con la prevención, contención y control social; que en tal sentido, a efectos de poner a resguardo la salud de la población rionegrina, se ha decidido restringir el ingreso a la Provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma, salvo casos y circunstancias excepcionales las cuales deberán ser debidamente justificadas; que, asimismo, resulta conveniente poner a cargo de la Policía de Río Negro el control del cumplimiento de dicha medida»

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