Declaran Monumento Natural al caballito de mar de la Bahía San Antonio

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El Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una ordenanza que declara Monumento Natural al caballito de mar que habita en la bahía de San Antonio, una variedad científicamente conocida como “Hippocampus Patagonicus”.

La propuesta fue elevada por el Poder Ejecutivo Municipal, y entre sus fundamentos se destaca que la especie se encuentra en estado de vulnerabilidad, y aparece incluida en la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza.

Asimismo advierte que se registra en la región una pesca ilegal de ejemplares, vedado por el Plan de Manejo del Área Natural Protegida que constituye la Bahía de San Antonio, y que por esta acción su población “ha declinado notablemente en los últimos años”.

Incluso, agrega, “se advierte una pesca desregulada y furtiva” para “comercializarlos en diversos mercados que excluyen la alimentación”.

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La iniciativa establece considerar a la especie “fauna silvestre” del municipio de San Antonio Oeste, y la declara Monumento Natural en los términos de la Ley Nacional 22351.

Pero además ordena la prohibición de “toda acción u omisión que implique directa o indirectamente maltratos, daños, captura, cautiverio o muerte de los individuos”.

En este sentido, contempla fuertes multas para los infractores de entre 25 y 80 USAM (Unidad de Sanción Municipal). Actualmente el USAM equivale a 1,527, 07 pesos.

La norma, que ya fue girada al Ejecutivo para su reglamentación, designa a la Dirección de Ambiente comunal como Autoridad de Aplicación, o quien la remplace en el futuro, y la faculta a firmar convenios o colaboraciones con otras instituciones para dar cumplimiento a los lineamientos.

Se permitirán excepciones para extraer ejemplares, solo para fines investigativos, educativos o de conservación.

Las habilitaciones deberán ser refrendadas por la Comisión de Ambiente del Concejo Deliberante durante los 30 días de haberse expedido la Dirección de Ambiente.

En caso de controversia por la autorización, el caso deberá ser elevado a la Autoridad Local de Conservación para su resolución definitiva.

Para obtener las excepciones los interesados tendrán que presentar un escrito en formato de proyecto en el que se detalle: la cantidad de individuos a utilizar; su estadío madurativo; manifestar claramente el objetivo buscado; indicar el o los procedimientos a aplicar sobre los ejemplares e informar el destino final de los animales.

La norma también prevé la posibilidad de analizar proyectos turísticos o de cualquier índole que involucren el avistamiento de caballitos de mar en su hábitat natural, los que serán regulados, otorgados o denegados por la Autoridad de Aplicación.

La ordenanza sancionada se basa en la Ley Provincial 2669 (Plan de Manejo del Área Natural Protegida Bahía de San Antonio); la Ley Provincial 2056 (Fauna Silvestre) y la Ley Nacional 22421 (Conservación de la Fauna).

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