Tres legisladoras presentaron un proyecto de ley para «garantizar la autonomía» de elección en materia de salud y evitar que los empleados públicos provinciales sean «cautivos» del IPROSS. La iniciativa promueve un «sistema más inclusivo, eficiente y orientado a satisfacer las necesidades específicas de cada individuo en el ámbito de la salud”.
El proyecto, que es impulsado por Martina Lacour y María Laura Frei del PRO y Yolanda Mansilla de Primero Río Negro, plantea reformar la norma que regula el funcionamiento del IPROSS, para que «los empleados públicos de Río Negro tengan libertad a la hora de elegir su obra social».
A fines de febrero Frei se había expresado sobre el funcionamiento de la obra social estatal, asegurando que «no cumple con sus obligaciones». Dijo que el sistema mantiene a los «afiliados cautivos y a los prestadores fundidos», y exhortó a usar el andamiaje legar del DNU del gobierno nacional que desregula las obras sociales.
Ahora, la legisladora y sus pares avanzan en un proyecto.
Entre sus considerandos, indican que «actualmente, dichos empleados se encuentran vinculados de manera obligatoria a la obra social pública del Instituto Provincial de la Seguridad Social. Esto limita su capacidad de decidir sobre su propia cobertura médica, desconociendo el derecho de cada individuo de elegir la obra social que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias”.
Las parlamentarias plantean que “la diversidad de opciones en el ámbito de la salud permite a las personas acceder a servicios de calidad acordes a sus requerimientos particulares y los de sus familias” y por eso proponen dejar atrás el esquema en que los agentes estatales están “cautivos” del IPROSS.
Por otra parte, el proyecto destaca que se busca “fomentar la competencia entre las distintas obras sociales sindicales, públicas y prepagas privadas, incentivando la mejora continua en la prestación de servicios y la oferta de coberturas más amplias y especializadas”.
“La libre elección contribuirá a dinamizar el mercado de salud, beneficiando a los empleados públicos con una mayor oferta de servicios y opciones más adaptadas a sus necesidades individuales”, aseguran.
Las legisladoras recuerdan en los considerandos de su proyecto que en la década de 1990 se dictaron diversas normas para instituir la libertad de elección de obra social por parte de los afiliados y que «si bien no se produjo una desregulación del sistema de obras sociales, se modificó el régimen jurídico que las regía sustituyendo unas normas por otras”.
Lo que también destacan Lacour, Mansilla y Frei es que, con el Decreto 70/2023 del presidente Javier Milei, que está vigente desde el 29 de diciembre de 2023, se modificó el artículo 19 de la Ley 23.660 para otorgarle la libre elección de obra social al trabajador/beneficiario, indicando la obligación del empleador o dador de trabajo de depositar a la entidad seleccionada por el beneficiario la contribución a su cargo junto con los aportes que hubieran de retener a su empleado.